Extraído de Debate emagister; ¿Estás de acuerdo con que exista la posibilidad de nulidad matrimonial?
Las cosas, independientemente de nuestro criterio, existen. Lo que a veces pasa es que las cosas no se entienden o no se entienden bien del todo. En lo que la Iglesia interviene no es en anular un matrimonio, que según sus decretos es indisoluble. Pero sí puede investigar hasta llegar a discernir completamente si en un caso concreto un matrimonio es valido o no. Es decir, si existen o existieron causas que forzaron la celebración de ese matrimonio; si existienron defectos de forma fundamentales; si existe realmente matrimonio o no. No anular un matrimonio. Sino decretar que un matrimonio nunca existió. Nulidad en el sentido de inexistencia no de invalidez.
Existen muchas causas que repasando el Código de Derecho Canónigo se pueden investigar. Defectos de forma y de fondo. No solo el incumplimiento del vínculo, existen causas psicológicas que afectan a la madurez de las personas en el momento de contratar ante Dios. No olvidemos que lo que Dios bendice no es más que el amor entre dos personas que mutuamente se dan derechos y esto se hace en orden a la creación de una familia, según se entiende desde la perspectiva de la fe católica. Si el sacramento no se consuma, o si es forzado el matrimonio,... Son causas que van contra al naturaleza del mismo.
Pero en el caso de que se terminase el amor sencilla y simplemente así, en mi opinión, debería existir la posibilidad de anular ese vínculo, puesto que el vínculo se crea para un bien, no para un mal; y cuando las cosas se ponen mal, ya vemos en los telediarios, que puede llegar a ser no solo una condena a cadena perpetua, sino también incluir ejecución a manos de un cónyuge que si en su momento se hubiera apartado debidamente, la sangre no hubiese llegado al río. Creo que los tiempos evolucionan y la Iglesia en su labor pastoral que presende sin duda mejorar día a día, debería. En mi modesta opinión-, estudiar la forma de reformar el Código para sumar alguna nueva puntualización y decretar que un matrimonio no es válido por tales o cuales razones, poniéndose así al lado de la víctima, salvándola de su verdugo en suma.
Los archivos diocesanos están llenos de procesos de separación o divorcios y nulidades, la palabra divorcio que tan civil suena seguramente se tomó del ámbito eclesiástico, solo que no implica exactamente lo mismo. El concepto de separación no implica el reconocimiento de nulidad. Pero cuando hay determinado tiempo de separación, sin cohabitación y sin práctica física del vínculo matrimonial, que es algo más que físico, entonces el Tribunal de oficio puede iniciar el proceso de nulidad matrimonial.
La nulidad implica separación, pero la separación no implica nulidad.
Interesante y productivo este debate.
Saludos. MCarmen