
La discriminación positiva es discriminación, hay que hacerla desaparecer. Mismos méritos = mismas capacidades, eso es lo que hay que medir, no facilitarle la vida a unos y ponerle la soga al cuello a otros.
En demasiadas ofertas laborales los convocantes se permiten el lujo de saltarse a piola la Constitución de 1978, carta magna de nuestro país; y antes que velar por que queden protegidos los derechos de igualdad de sexo, condición, edad.............. y todo lo que pueda establecer discriminación entre los españoles que lo sean, se dedican a decir cosas como "sólo menosres de 25", "sólo mnores de 30" años, "se exige 33% de discapacidad", etc. De forma que la gente no puede libremente acceder a estas ofertas y, si lo hace, de seguro sepa que el CV irá directo a la papelera.
Si quien hace tales discriminaciones positivas para colectivos minoritarios y quienes las consientes, se vieran en el lugar, por un solo momento, de las personas a las que tan alegremente discriminan. Otro gallo cantaría.
Este tipo de ofertas por anticonstitucionales son nulas, recurribles, denunciables, etc.; incluso se puede or contra los promotores por acoso laboral al resto de quienes no entran en las dichosas convocatorias, porque este tipo de actuaciones no son actos aislados, sino que son la forma habitual de proceder de ciertas entidades que no actúan lícitamente.

Si se es apto se es, si no se es apoto, no se es.